domingo, 4 de mayo de 2008

CARTA AMARC PROYECTO LEY

EXTRACTO :
AMARC-ALC saluda proyecto de ley sobre radios comunitarias pero advierte que mantiene limitaciones a la libertad de expresión

AMARC-ALC destaca los avances encontrados en el proyecto respecto a la Ley de Telecomunicaciones actual, tales como el derecho, aunque limitado, de obtener recursos económicos mediante publicidad, ciertos espacios de reserva de espectro para medios comunitarios y la extensión del plazo de uso de la concesión, que pasa de 3 a 15 años.

Sin embargo, varios artículos mantienen las serias limitaciones actuales al pleno ejercicio de la libertad de expresión y no garantizan la igualdad de oportunidades ni un acceso equitativo de los ciudadanos y organizaciones sociales chilenas en el acceso a las frecuencias radioeléctricas, un recurso natural patrimonio de la humanidad.

Entre otras, se destaca el mantenimiento de restricciones arbitrarias y discriminatorias tales como establecer límites previos a las potencias de las radios (art. 4 por el cual sólo lo pueden hacer con trasmisores de 25 y excepcionalmente, de 40 vatios) o la imposiblidad de acceder a medios masivos de alto impacto como la televisión o la radio AM (sólo pueden acceder a radios en FM).

Aunque se propone un aumento del máximo de potencia autorizado hasta el momento, el proyecto mantiene barreras previas, arbitrarias e inequitativas al ejercicio de un derecho fundamental como la libertad de expresión y sólo iguala la peor legislación en materia de libertad de expresión y radios comunitarias (Chile) con la segunda peor legislación latinoamericana en la materia (Brasil).

El establecimiento legal por parte del Estado de límites previos, tales como potencia o zona de cobertura para las concesiones de radio y televisión, suponen limitaciones ilegítimas al ejercicio de un derecho fundamental y restringen el trabajo e impacto de las organizaciones sociales. Por analogía, tales disposiciones implicarían aceptar que hubieran limitaciones en la cantidad de páginas o de zonas de distribución de un periódico, por el sólo hecho de ser administrados por una organización no lucrativa.


Gustavo Gómez
Director Programa de Legislaciones y Derecho a la Comunicación
AMARC-ALC

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